lunes, 3 de mayo de 2010

Expertos apoyan movilidad de fiscales al sector privado, pero piden normas éticas

Abogados expertos en la Reforma Procesal Penal valoran la movilidad de fiscales desde el Ministerio Público hacia el sector privado, y estiman innecesario colocar obstáculos para que estos profesionales accedan a estudios particulares.
Sin embargo, estiman conveniente legislar con el fin de regular el tema ético, para evitar el choque de intereses en sus actuaciones desde este ámbito.
El debate surge luego de la renuncia que presentó el fiscal Iván Millán, experto en delitos económicos, para incorporarse a un estudio jurídico especializado en estas causas.
El abogado Cristián Riego, académico de la Universidad Diego Portales, plantea que se debería legislar para establecer una regulación ética respecto de la información privilegiada que tiene un ex fiscal.
No obstante, consideró que la movilidad es necesaria en las fiscalías. "No creo conveniente que un fiscal llegue a los 25 años a la fiscalía y se jubile a los 65, porque eso podría conducir a un sistema muy burocratizado y corporativista", explicó.
El abogado Juan Enrique Vargas, decano de derecho de la misma universidad, coincide con Riego. "No veo ningún inconveniente en que haya este desplazamiento de fiscales al mundo privado", dijo.
Ello genera un mayor interés de las nuevas generaciones de abogados por incorporarse al Ministerio Público, pues tienen la posibilidad de ser aceptados en el mundo privado con mejores remuneraciones, explicó el experto.
La investigadora de Flacso Lucía Dammert estima que las regulaciones para los fiscales deben ser las mismas que deben tener las autoridades de gobierno que manejan información privilegiada y que después pasan al sector privado.
Alejandra Ahumada, de Fundación Paz Ciudadana, en tanto, también cree que basta con establecer impedimentos éticos mínimos para que ellos intervengan desde el ejercicio privado en las causas que conocieron como fiscales. Y que el Ministerio Público debería estudiar y establecer incentivos atractivos para evitar la "fuga" de sus persecutores.
La moratoria en otros países
En Estados Unidos y México, por ejemplo, las personas que tuvieron participación en ciertas áreas críticas y que renuncian al cargo, durante dos años tienen impedimento de intervenir en los temas que tuvieron conocimiento, incluidos los persecutores. En los países de la Unión Europea, los funcionarios del llamado "ministerio fiscal" no son independientes, sino que deben seguir las directrices de sus superiores jerárquicos y del ministro de Justicia. Y no hay una legislación específica relativa a los fiscales.


Autor: http://diario.elmercurio.com/2010/05/03/nacional/nacional/noticias/9C202646-E02F-48A9-ACDC-1785AD83788C.htm?id={9C202646-E02F-48A9-ACDC-1785AD83788C} (El Mercurio)

Felipe Camiroaga recurre al TC por disputa con Ítalo Passalacqua

La contienda judicial entre el animador de TVN Felipe Camiroaga y el periodista Ítalo Passalacqua llegó al Tribunal Constitucional (TC).
En mayo de 2008, el actual panelista del programa SQP, que emite CHV, aseguró que el conductor presionó a su hermano Francisco para que se fuera del país porque le "incomodaba" su condición homosexual.
Ahora, el abogado Ciro Colombara -que representa a Camiroaga- presentó un recurso de inaplicabilidad ante el TC por considerar que el artículo 2331 del Código Civil es contrario a la Constitución, ya que no contempla las indemnizaciones morales por imputaciones injuriosas contra el honor o crédito de las personas.
Agrega que tal artículo no protege la vida privada y la honra de una persona y su familia, como sí lo garantiza la Constitución. "El artículo limita el derecho fundamental a la honra respecto del cual soy legítimo titular, impidiendo inconstitucionalmente que este requirente pueda demandar y conseguir el resarcimiento de los daños morales o extrapatrimoniales sufridos como consecuencia de la información falsa que negligentemente difundió el periodista", dice el recurso.
El 20 de junio de 2008 la defensa de Camiroaga presentó una demanda de indemnización de perjuicios por $50 millones en contra de Passalacqua. Sin embargo, el 10° Juzgado de Letras de Santiago condenó al periodista a pagar $5 millones.
Ambas partes apelaron ante la Corte de Apelaciones de Santiago. La defensa de Passalacqua también presentó un recurso de casación en el fondo para revertir el dictamen, argumentando que la ley excluye la indemnización por daños morales.
El TC declaró admisible el recurso de inaplicabilidad de Camiroaga, y paralizó la apelación, hasta que se resuelva la presentación del conductor.
Además, y debido a otros casos (ver recuadro), el TC resolverá mañana si analizará de oficio la inconstitucionalidad del artículo 2331 del Código Civil para eliminarlo, tal como lo decidió hace unos días con una norma de la Ley de Isapres.
SENTENCIA
En 2008, el 10 {+o} Juzgado Civil condenó a Passalacqua a indemnizar a Camiroaga con $5 millones. Ambas partes apelaron. Los casos zanjados por el TC
Hay otros dos casos en los que también se ha impugnado este artículo, y han sido ganados ante el Tribunal Constitucional (TC).
El primero fue el del abogado Luis Carlos Valdés Correa, que en 2006, y por diversos problemas, fue excluido como socio del estudio jurídico que integraba junto a Jaime Irarrázabal, Alberto Pulido y Juan Francisco Gutiérrez. Según alegó, eso afectó gravemente su honor, su intimidad y sus derechos en las relaciones con su clientes, por lo que pidió una indemnización.
Finalmente, en este caso el TC declaró inaplicable el artículo, por la protección a la honra de la persona y su familia. Así, Valdés pudo optar a la indemnización.
El otro caso es el del ex senador Carlos Ominami, que también impugnó el artículo ante el TC, además del artículo 40, inciso segundo, de la Ley Nº 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo.
Se trata de una disputa que el ex parlamentario tuvo con el diario Urbano de Quillota y con el ex presidente de la Asociación de Básquetbol de esa ciudad y de la rama de San Luis Julio Madriaza, quien señaló que los proyectos en los que habían participado organizaciones de la comuna, entre ellos los que postulaban a fondos de Chiledeportes, debían contar primero con la "venia" de la oficina del ex senador, donde se les incluía un timbre.


Autor: http://diario.elmercurio.com/2010/05/03/nacional/nacional/noticias/60FE3A6E-E2E2-4AFF-B7CA-6259015E01B3.htm?id={60FE3A6E-E2E2-4AFF-B7CA-6259015E01B3}(El Mercurio)

Corte Suprema rechazó los exhortos del juez Garzón

La Segunda Sala de la Corte Suprema finalmente rechazó la solicitud del juez español Baltasar Garzón, quien había enviado a Chile dos exhortos para interrogar a la viuda del fallecido general Augusto Pinochet en una causa sobre lavado de dinero.
Tal como lo había sugerido la fiscal Mónica Maldonado, y en un fallo unánime, los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Luis Bates desestimaron la petición por considerar que estas materias "están siendo conocidas actualmente por un tribunal chileno que tiene jurisdicción y competencia".
Garzón, indagado por prevaricación en su país, pedía notificar de una querella de la Fundación Salvador Allende e interrogar a la viuda de Pinochet, Lucía Hiriart; al presidente del Banco de Chile, Pablo Granifo; al ex gerente de la sucursal de ese banco en Nueva York, Hernán Donoso, y al abogado y ex albacea de Pinochet, Óscar Aitken. Además, pedía que todos pagaran una fianza solidaria de US$ 77 millones.

Autor: http://diario.elmercurio.com/2010/05/02/nacional/nacional/noticias/9EF8E64D-3AF3-41FE-A9C8-C6995AAF76D1.htm?id={9EF8E64D-3AF3-41FE-A9C8-C6995AAF76D1} (El Mercurio)

Enap pasa a depender del Ministerio de Energía

"La actividad de la Empresa Nacional de Petróleo (Enap) se inserta dentro de lo que el legislador ha definido como sector de energía". Con esta cita, un oficio de la Contraloría General de la República -con fecha 29 de abril- concluye que la compañía estatal es de competencia directa del Ministerio de Energía, por lo cual deja de depender de Minería.
Tras la creación de la cartera -en febrero de este año- se empezó a discutir la idea de que la Enap fuera parte de las responsabilidades de Energía y no de las de Minería.
El 19 de febrero el ex ministro Marcelo Tokman envió una solicitud a la Contraloría para que evaluara la situación, amparándose en la ley promulgada por esa cartera y que dejaba bajo su jurisdicción todos los temas energéticos y de hidrocarburos, por lo que se interpretaba que también la estatal estaba dentro de sus facultades.
Con el traspaso, Enap podrá ampliar sus zonas de experticia extendiendo su matriz y potenciando el área eléctrica.

Autor: http://diario.elmercurio.com/2010/05/02/nacional/nacional/noticias/626DC033-DE0F-4646-B4B5-EA58A8241479.htm?id={626DC033-DE0F-4646-B4B5-EA58A8241479} (El Mercurio)