lunes, 12 de julio de 2010

Suprema aprueba ampliar recurso de apelación en materia laboral

El Pleno de la Corte Suprema resolvió informar favorablemente un proyecto de ley que se encuentra en trámite en el Congreso, que de ser aprobado introducirá una importante modificación en materia laboral: la ampliación del recurso de apelación en sentencias definitivas.
En un fallo dividido de 14 votos contra 6, se resolvió dar luz verde a la iniciativa que presentaron los senadores UDI Pablo Longueira y Víctor Pérez.
La presentación viene a solucionar un conflicto que se estaba dando en las Cortes de Apelaciones del país y especialmente en la de Santiago, porque el recurso de nulidad era el único medio de impugnación que tiene la parte vencida para alzarse en contra de la sentencia definitiva, y como éste es muy acotado la mayoría de ellos eran declarados inadmisibles.
Esto significó que los abogados interpusieran recursos de queja ante la Corte Suprema. Y pese a que eran rechazados, de oficio el máximo tribunal dejaba sin efecto la resolución que declaraba la inadmisibilidad, obligando a las Cortes de Apelaciones a conocer los recursos de nulidad.
Esta situación se estaba constituyendo en un problema para los usuarios y un atochamiento de recursos en la Suprema.
La ley Nº 20.022, que estableció los nuevos juzgados de letras del trabajo, sólo consagró como medios de impugnación de las resoluciones la reposición y el recurso de nulidad. El recurso de apelación estaba acotado sólo a las sentencias que ponían término al juicio o hicieran imposible su continuación; a aquellas que se pronunciaban sobre medidas cautelares, y a las que fijaban el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social.
Según el informe de los supremos, el proyecto de ley es "beneficioso, pues consagra el principio de la gradualidad o doble instancia" y sugieren la revisión de la iniciativa de los senadores en lo que respecta al recurso de nulidad.
Esto, ya que la moción de los parlamentarios concede la revisión de este recurso sólo al máximo tribunal, en circunstancias que éste estimó que las Cortes de Apelaciones pueden conocer también parte de ellos, por lo que esta parte del proyecto la informaron desfavorablemente.
Plazo para apelar
De aprobarse el proyecto de ley, los abogados tendrán cinco días para apelar ante las cortes de Apelaciones del país a las sentencias definitivas en materia laboral.

Autor: http://diario.elmercurio.com/2010/07/12/nacional/nacional/noticias/44B2AAB8-E6A1-4E5C-B483-356C77313526.htm?id={44B2AAB8-E6A1-4E5C-B483-356C77313526} (El Mercurio)